FAQs

  • 1. ¿Què relación existe entre esta Convocatoria y el Programa Innocash?

    Ambas iniciativas comparten un objetivo común: fomentar la valorización de proyectos científicos del Sistema de Ciencia y Tecnología del país, pero son iniciativas independientes, por lo que no es necesario haber presentado ninguna solicitud al Programa Innocash para optar a una ayuda en el marco de esta convocatoria.
     
  • 2. ¿El Gestor de Valorización Tecnológica puede ser personal que ya estè contratado por la Entidad Beneficiaria?

    De conformidad con lo establecido en el apartado 9.1 de la Convocatoria, las entidades beneficiarias contratarán laboralmente a los candidatos que seleccionen, siendo requisito imprescindible que el candidato se ajuste al perfil profesional determinado en el apartado 6 de las bases.

    Al ser esta convocatoria una iniciativa enmarcada en el Plan E se valorará positivamente la contratación e incorporación de nuevos recursos al Sistema de Ciencia y Tecnología.
     
  • 3. ¿Se tienen que presentar los datos de un candidato preseleccionado para realizar la solicitud de la Convocatoria?

    No es necesario presentar con las solicitudes los datos de candidatos preseleccionados. Una vez que se publique la resolución de la convocatoria, las entidades beneficiarias de la misma dispondrán de un plazo máximo de tres meses para seleccionar y contratar al recurso, debiendo en dicho plazo presentar a la FECYT el contrato formalizado con èste.

    Es requisito esencial que el recurso contratado cumpla y se adecue al perfil establecido en el apartado 6 de la Convocatoria:
    • Deberán ser titulados/as universitarios/as de grado superior, con conocimientos tècnicos específicos en el área del proyecto CONSOLIDER asignado.
    • Poseer conocimiento y experiencia profesional previa en alguna de las siguientes áreas: gestión de proyectos científico-tecnológicos; prospectiva y vigilancia tecnológica; transferencia tecnológica y de conocimiento; conocimiento del sistema de patentes; desarrollo de negocio y gestión empresarial; alto nivel de inglès.
    • Se valorará la capacidad de trabajo en equipo, las habilidades de comunicación y experiencia en presentaciones en público, la capacidad de iniciativa y flexibilidad, capacidad de análisis y de planificación y las habilidades para la negociación comercial y orientación al cliente.
    • Se valorará tambièn, el conocimiento del Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa, así como el conocimiento y experiencia en el manejo de fuentes de información tecnológica on-line, la experiencia (formativa o laboral) en el ámbito internacional y el conocimiento de otros idiomas.

     
  • 4. ¿La ayuda para incorporar al Gestor, puede ser percibida por una entidad distinta de la Entidad Solicitante?

    De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4, la entidad beneficiaria podrá ser distinta de la entidad solicitante, siempre y cuando así se justifique por el investigador coordinador del proyecto Consolider, por estar en dicha entidad, perteneciente al grupo de investigación del proyecto, los principales retos de valorización del mismo.
     
  • 5. ¿Cuáles son los criterios de evaluación que se van a seguir en esta Convocatoria?

    Los criterios de evaluación se describen con todo detalle en el Apartado 11 de la Convocatoria y en el Anexo de èsta.

    La evaluación se llevará a cabo por una Comisión de Evaluación formada por expertos independientes, designados por la Dirección General de la FECYT, que podrá recabar la opinión de expertos profesionales.

    Se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
    • a) Calidad y viabilidad de los retos de valorización tecnológica de los proyectos CONSOLIDER a los que se asignará el recurso a contratar por la entidad solicitante (40 puntos).
    • b) Impacto inducido por la incorporación y desempeño del gestor de valorización en la capacidad de transferencia tecnológica de la entidad solicitante (40 puntos).
    • c) Compromiso de la entidad solicitante, en tèrminos de cofinanciación de la contratación e incentivos sociales, estabilización del gestor, recursos tècnicos asignados y participación en la formación (20 puntos).

     
  • 6. ¿Dónde deberá estar físicamente el Gestor, en el grupo de investigación designado por el coordinador del Consolider o en la OTRI de la Entidad Beneficiaria?

    El Gestor en Valorización Tecnológica contratado en el contexto de esta Convocatoria, deberá ejercer su labor profesional en la entidad del grupo de investigación del proyecto Consolider que el coordinador del mismo haya identificado como entidad beneficiaria. No obstante, el Gestor deberá prestar servicio a todos los grupos integrantes del proyecto Consolider y mantener una comunicación fluida con la OTRI de la Entidad Beneficiaria y del resto de entidades implicadas en el Proyecto.

    De esta forma se conseguirá que la valorización de proyectos y la transferencia de tecnología se lleve a cabo de la manera más eficaz.
     
  • 7. ¿Es posible que varios Proyectos Consolider presenten una única solicitud para un único Gestor? ¿Dónde se indicaría este hecho al realizar la solicitud?

    Si dos o más proyectos Consolider de la misma área temática (entendida en sentido amplio) consideran que pueden compartir los servicios de valorización de una persona, pueden realizar una solicitud conjunta.

    Una de las entidades deberá actuar como entidad solicitante pero reflejar que lo hace en representación de un grupo de proyectos Consolider. En este caso se deberá indicar cuál sería la entidad en la que el Gestor estará ubicado físicamente y recabar las declaraciones responsables de los Representantes Legales de la Entidad Beneficiaria y del resto de Entidades Gestoras de los Consoliders implicados.

    La concurrencia de varios proyectos en una sola solicitud se puede indicar en la breve memoria descriptiva del proyecto Consolider.
     
  • 8. ¿El proyecto Consolider debe durar el mismo plazo que el recurso contratado?

    La duración máxima de los contratos será de dos años a contar desde la incorporación del gestor a la entidad contratante, siempre y cuando los retos de valorización del proyecto Consolider se desarrollen durante dicho plazo, con independencia de que el proyecto Consolider haya finalizado o no.
     
  • 9. Si la Entidad Beneficiaria está dispuesta a cofinanciar el salario del Gestor, ¿cuál sería la cantidad mínima que aportaría la Convocatoria?

    De conformidad con lo establecido en el apartado 11.c de la Convocatoria, se valorará positivamente el compromiso de la entidad solicitante de cofinanciación de la contratación e incentivos sociales, estabilización del gestor, recursos tècnicos asignados o formación, sin establecerse ningún tipo de importe mínimo de contribución por parte de la entidad beneficiaria.

    Cabe destacar que el importe máximo de la ayuda destinada a financiar, total o parcialmente, la contratación del personal (entendiendo por tal la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social) será de un máximo de 45.000 € brutos anuales, siendo la retribución mínima que percibirá el gestor contratado de 33.250 € brutos anuales.

    El importe máximo para financiar la formación del gestor será de 15.000 € por todo el periodo de duración que cubre la convocatoria.
     
  • 10. ¿Què conceptos están contemplados en la ayuda que proporciona esta Convocatoria?

    Las ayudas concedidas se destinarán a la financiación total o parcial, tanto del coste de contratación de personal, entendiendo por tal la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social, como del coste de la formación recibida por el personal contratado (que incluirá cuotas de inscripción, gastos de viaje, desplazamiento y estancia), siempre y cuando se ajuste a los requisitos establecidos en el Plan de Formación en valorización tecnológica. El resto de gastos derivados de la función profesional del Gestor deberán (viajes para visitar a los distintos grupos del Consolider, gastos generales de administración, gastos para proporcionar las herramientas necesarias para el desempeño de la labor profesional, etc.) ser asumidos por la Entidad Beneficiaria.
     
  • 11. ¿La solicitud debe ser presentada siempre por la entidad gestora del Consolider (en general, aquella a la que está adscrito el coordinador) incluso si el Gestor se incorpora a otra entidad?

    En todos los casos. De esta manera se asegura la debida implicación de la gestora del Consolider en este proceso, garantizando de esta forma que la decisión se ha madurado y consensuado en el seno del proyecto y que la necesidad de incorporar a un Gestor en Valorización se ha determinado tras una reflexión ponderada.
     
  • 12. ¿Què hacer si es prácticamente imposible conseguir (por los plazos y/o funcionamiento de las entidades) la firma de los representantes legales de la Entidad Solicitante y la Entidad Beneficiaria en el mismo documento de Declaración Responsable?

    En principio, las firmas de los representantes legales de las entidades implicadas deberán encontrase en la misma copia del documento de Declaración Responsable que se imprime al terminar de rellenar el Formulario de Solicitud. Sin embargo, en casos excepcionales en los que, por el funcionamiento de alguna de las entidades resulte materialmente imposible obtener todas las firmas en el plazo establecido para la presentación del formulario, se pueden enviar dos copias del mismo documento, cada una firmada por el Representante Legal correspondiente.
     
  • 13. ¿Se puede utilizar parte del presupuesto de “Personal” previsto en el Consolider para el salario del Gestor?

    De conformidad con lo dispuesto el al apartado 8.3 de la convocatoria, la percepción de las ayudas de esta convocatoria será compatible con la percepción de otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad. Esta compatibilidad estará condicionada a que la suma del importe de las ayudas concedidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras, supere el coste de la actividad subvencionada.

    La FECYT no se responsabilizará del cumplimiento de las condiciones de concesión de las subvenciones u otros fondos que perciba la entidad beneficiaria para financiar las mismas finalidades.
     
  • 14. ¿En què consistirá la formación del Gestor?

    El Plan de Formación en Valorización Tecnológica se definirá por la FECYT, en colaboración con la Fundación Genoma, e incluirá los aspectos contemplados en la cláusula 7 de la Convocatoria. Actualmente el Plan de Formación se encuentra en fase de desarrollo, no obstante se prevè que constará de dos partes diferenciadas.

    La primera parte será común a todos los Gestores que se incorporen como resultado de la Convocatoria. En èsta se pretende sentar las bases necesarias para que el Gestor tenga claro los conceptos básicos de la Valoración Tecnológica, los retos a los que se puede enfrentar y las tècnicas más habituales para hacerles frente. Esta parte se llevará a cabo contando con la colaboración de expertos en distintos aspectos de la Valoración Tecnológica como vigilancia y prospectiva tecnológica, protección del conocimiento, estudios de oportunidad, planteamiento de modelos de negocio, etc.

    La segunda parte será específica de cada temática y estará menos definida, ya que dependerá de las características propias de cada área. En esta parte se podrá considerar formación la asistencia, por ejemplo, a congresos o seminarios del campo, tanto nacionales como internacionales. De este modo, cada caso seguirá un camino particular.
     
  • 15. ¿Cuál será la duración prevista de la formación?

    El proceso de formación será continuo a lo largo de los dos años que cubre la convocatoria y se ajustará al Plan de Formación que se determine

    En este momento es difícil determinar los periodos de formación, principalmente por la dificultad de definir las actividades de formación de la segunda parte del proceso (ver Pregunta 14).

    Con respecto a la primera parte del proceso de formación, a lo largo de los próximos meses se concretará el Plan de Formación de la iniciativa y se podrá dar una previsión ajustada de la duración de la misma. En cualquier caso, las actividades de formación más básica se deberán llevar a cabo al poco tiempo de la incorporación de los Gestores y se prevè que no durará más de 10-15 días.
     
  • 16. ¿Puede estar abierta la formación a Gestores de Valorización incorporados a Proyectos Consolider (¿u otros?) que no hayan resultado beneficiarios de la ayuda prevista en la Convocatoria?

    Sí, sobre todo en las actividades de formación básica. Ya que se hace un esfuerzo para elaborar un Programa de Formación en un tema tan importante para el sistema científico y tecnológico de nuestro país, consideramos oportuno que pueda ser aprovechado por el mayor número posible de implicados.

    En estos casos se calculará el coste de las actividades y se pondrá el precio que se considere razonable para que puedan participar otras personas interesadas que no hayan sido contratadas en el marco de la Convocatoria.
     
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